En su round, Sebi dijo que los FPI deben informar los cambios de Tipo I dentro de los siete días hábiles y proporcionar documentos de respaldo dentro de los 30 días y los cambios de Tipo II requieren notificación y documentos de respaldo dentro de los 30 días.
En la actualidad, los FPI tienen hasta siete días hábiles para presentar información al organismo de management con respecto a cualquier cambio importante en su estructura o propiedad o management o grupo inversor.
Algunos de los cambios materiales de Tipo 1 incluyen cambio de jurisdicción; cambio de nombre por adquisición, fusión, escisión y propiedad. El Tipo II es cualquier cambio materials distinto de los considerados como ‘Tipo I’.
Sebi dijo que los participantes depositarios designados (DDP) deben examinar todos los cambios materiales informados por los FPI y reevaluar la elegibilidad del FPI, incluido el requisito de que los FPI busquen un nuevo registro. Sin embargo, el DDP debe exigir obligatoriamente al FPI que solicite un nuevo registro en caso de cambios materiales de ‘Tipo I’. “Cuando haya un retraso en la notificación de un cambio sustancial por parte del FPI al DDP, el DDP deberá, tan pronto como sea posible pero a más tardar dos días hábiles, informar todos esos casos a Sebi para que tome las medidas apropiadas, si corresponde, junto con el motivo del retraso”, dijo el regulador.