El miércoles, la Corte Suprema anuló una decisión del Tribunal Nacional de Apelaciones de Derecho de Sociedades (NCLAT) que permitía un acuerdo de 158 millones de rupias entre la empresa de tecnología educativa Byju’s y la Junta de Management de Cricket en India (BCCI).
Un tribunal de tres jueces encabezado por el presidente del Tribunal Supremo de la India, DY Chandrachud, dijo que había “graves desviaciones” en el procedimiento adoptado para llevar el caso al propio NCLAT.
El tribunal dijo que la solicitud de retiro del Proceso de Resolución de Insolvencia Corporativa (CIRP) debería haber sido trasladada a través del Profesional de Resolución Interina (IRP) y presentada ante el Tribunal Nacional de Derecho de Sociedades (NCLT) para su aprobación.
“En primer lugar, no se presentó ninguna solicitud formal para solicitar la retirada del CIRP. El acuerdo de conciliación fue registrado y aprobado por la NCLAT sobre la base de las presentaciones y garantías del abogado ante ella y las declaraciones juradas/compromisos presentados por las partes. Además, el primer demandado (Byju Raveendran), exdirector de la empresa deudora (firma de tecnología educativa), no trasladó la solicitud a través del IRP y, en cambio, se acercó directamente al NCLAT”, dijo el presidente del Tribunal Supremo Chandrachud, autor de la sentencia. señaló.
Incluso la solicitud para aprobar el acuerdo de 158 millones de rupias se presentó ante el NCLAT durante el procedimiento de apelación, en lugar de presentarse ante el NCLT.
“A pesar de estas graves desviaciones, la NCLAT procedió a aprobar el acuerdo y dejar de lado el CIRP invocando su poder inherente bajo la Regla 11 de las Reglas de la NCLAT”, destacó la Corte Suprema.
La sentencia confirmó el locus standi del acreedor estadounidense Glas Belief Firm LLC, que había interpuesto el recurso contra la decisión del NCLAT.
Sin embargo, el tribunal superior dijo que no sería apropiado pronunciarse sobre las objeciones planteadas por Glas sobre los méritos del acuerdo de conciliación.
“Las cuestiones planteadas son objeto de varios litigios en diferentes foros, incluido el Tribunal de Delaware y de investigaciones por parte de varias autoridades, incluida la Dirección de Ejecución, que están pendientes”, explicó el presidente del Tribunal Supremo Chandrachud.
Al observar que se constituyó un Comité de Acreedores (CoC) mientras estaban pendientes los procedimientos del tribunal superior, el Tribunal dio a las partes la libertad de invocar sus recursos o buscar un retiro o una solución de las reclamaciones de conformidad con el marco authorized que rige el retiro del CIRP. .
“Nada en esta sentencia debe interpretarse como una conclusión sobre la conducta de cualquiera de las partes u otros interesados involucrados en el procedimiento de insolvencia”, subrayó el tribunal.
Cuenta de depósito en garantía separada
El tribunal ordenó que el monto del acuerdo de 158 millones de rupias junto con los intereses acumulados, mantenidos en una cuenta de depósito en garantía separada sobre la base de su orden del 14 de agosto, se depositaran en el CoC.
Se ordenó al CoC que mantuviera esta cantidad en una cuenta de depósito en garantía hasta nuevos acontecimientos y que cumpliera con cualquier otra directiva de la NCLT.
El 2 de agosto, el NCLAT había concedido alivio a la asediada empresa de tecnología educativa al dejar de lado el procedimiento de insolvencia después de aprobar un acuerdo de cuotas de 158,9 millones de rupias con el BCCI. Byju’s había celebrado un acuerdo de patrocinio del equipo con el BCCI en 2019.